FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA
Instrucciones de acceso y nota aclaratoria
El plazo de presentación de solicitudes de admisión será del 21 de junio al 28 de junio de 2024, ambos inclusive.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUD
La solicitud de admisión a estas enseñanzas se cumplimentará y presentará desde el día 21 de junio al 28 de junio de 2024 en la Secretaría Virtual. https://raices.madrid.org/secretariavirtual/
GRADOS MEDIOS
Las solicitudes se presentarán desde el día 24 de junio al 1 de julio de 2024 a través de la Secretaría Virtual https://raices.madrid.org/secretariavirtual/
Documentación
- Para el proceso de admisión y matrícula, los solicitantes deben aportar:
a) La documentación académica que acredite que reúne los requisitos de acceso a las enseñanzas (Anexo I de las instrucciones).
b) La documentación acreditativa de su identidad (DNI, NIE, Permiso de residencia temporal o definitivo, Tarjeta de extranjero, Visado de estudios o pasaporte). Para los menores extranjeros será suficiente aportar un certificado de empadronamiento en un municipio del territorio español.
c) En su caso, para el proceso de admisión, la documentación complementaria que permita aplicar el baremo recogido en el Anexo II de estas instrucciones.
GRADOS SUPERIORES
Instrucciones de acceso el Calendario de actuaciones está en el anexo IV de las instrucciones
La solicitud de admisión a estas enseñanzas se cumplimentará y presentará entre el 28 de junio y el 4 de julio en la Secretaría Virtual. https://raices.madrid.org/secretariavirtual/
Documentación
Para el proceso de admisión y matrícula, el solicitante debe aportar:
a) La documentación académica que acredite que reúne los requisitos de acceso a las enseñanzas (Anexo I-A y I-B)
b) La documentación acreditativa de su identidad (DNI, NIE, Permiso de residencia temporal o definitivo, Tarjeta de extranjero, Visado de estudios o pasaporte). Para los menores extranjeros será suficiente aportar un certificado de empadronamiento en un municipio del territorio español.
c) En su caso, para el proceso de admisión, la documentación complementaria que permita aplicar el baremo recogido en el Anexo II-A y II-B de estas instrucciones.
En el supuesto de que se aporten documentos presencialmente, estos se deberán cotejar con sus originales, y si se tratara de copias en soporte papel de documentos electrónicos, se requerirá que en las mismas figure la condición de copia y contenga un código generado electrónicamente u otro sistema de verificación, que permita contrastar la autenticidad de la copia mediante el acceso a los archivos electrónicos del órgano u organismo público emisor.